Convocatoria de Subvenciones para la inclusión e inserción sociolaboral en el año 2020

Con fecha 13 de julio de 2020 se publica en el BOPZ nº 159 la Convocatoria de Subvenciones para la Inclusión e Inserción Sociolaboral en el año 2020.

Para solicitar información sobre la presente convocatoria, dadas las especiales circunstancias relativas al covid-19, se hará a través de cita previa llamando a los teléfonos 976 72 40 69  y  976 72 10 29 en horario de 9:00 a 14:00 horas.

 

Extracto de la Resolución de la M.I. Vicepresidencia del “Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza” de fecha 2 de julio de 2020  por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la inclusión e inserción sociolaboral en el año 2020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans/index), así como en la página web del organismo autónomo “Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza” (http://www.zaragozadinamica.es).

Primero.  Beneficiarios.

1.- Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades de carácter social que, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos expuestos a continuación, que deberán mantenerse, al menos, durante la ejecución del proyecto subvencionado:

 

  1. a) Tener personalidad jurídica.
  2. b) Acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.
  3. c) Llevar, a fecha de solicitud de subvención, al menos 3 años en la ejecución de programas de inclusión e inserción sociolaboral.
  4. d) Estar inscrita en el Registro público correspondiente.
  5. e) Desarrollar el proyecto objeto de subvención y tener su sede social y fiscal en la Ciudad de Zaragoza.
  6. f) Contar con medios materiales y personales suficientes para ejecutar el proyecto cuya subvención se solicita.
  7. g) Encontrarse al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Zaragoza, la AEAT, la TGSS y la Hacienda de la Comunidad Autónoma.
  8. h) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  9. i) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus organismos públicos o sus entidades dependientes.
  10. j) No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones.

 

2.- Los proyectos que se presenten deberán consistir en prestaciones de servicios que supongan una intervención directa a favor de personas empadronadas en Zaragoza en situación de especial dificultad de inserción y que favorezcan su inclusión social y laboral.

 

Los proyectos que se presenten deberán fundamentar claramente y con precisión las necesidades a las que se pretenda dar respuesta, acreditando así mismo la adecuación de las actividades propuestas al objetivo de inclusión e inserción social y laboral.

 

Segundo. Objeto.

La presente tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a favor de entidades de carácter social que desarrollen proyectos de inclusión e inserción sociolaboral en el municipio de Zaragoza de acuerdo con las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza 2020 – 2023 aprobado con fecha de 17 de febrero de 2020.

 

Tercero. Bases reguladoras.

Las subvenciones se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS); por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la LGS (en adelante RLGS); la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; por la Ordenanza General Municipal de Subvenciones, aprobada por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 26 de septiembre de 2016 y publicada en BOPZ con fecha 13 de octubre de 2016; por las bases de ejecución del presupuesto municipal; el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza, así como por el resto de normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.

 

Cuarto. Cuantía.

La cuantía máxima prevista para esta convocatoria asciende a un total de 580.000 euros a disponer con la aplicación de la partida presupuestaria 2020 06-2318-48002 “Ayudas inclusión e inserción sociolaboral” del presupuesto del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica) del año 2020.

 

La cantidad a conceder a cada entidad beneficiaria podrá ser, como máximo, del 100% del presupuesto del proyecto presentado.

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 34.10 de la Ley 5/2015 de subvenciones de Aragón y teniendo en cuenta la realidad de las entidades a las que va dirigida la convocatoria, que cubren actividades de máximo interés, con un elevado impacto social, se permite que la financiación pueda alcanzar el 100% del proyecto presentado, con arreglo a lo previsto en el Plan Estratégico de Subvenciones 2016-2019 del Ayuntamiento de Zaragoza, con un límite de 65.000 euros.

 

Asimismo, las entidades beneficiarias cuyo proyecto no haya sido subvencionado en su totalidad por Zaragoza Dinámica, podrán percibir ayudas públicas de cualquier Administración hasta completar el 100% del presupuesto del proyecto de acuerdo con lo establecido en la base vigésima de la presente convocatoria.

 

La cantidad mínima a conceder a cada entidad beneficiaria será de 6.000 euros, quedando excluidos aquellos proyectos cuyo importe no alcance la citada cantidad una vez aplicados los criterios de valoración establecidos en la Cláusula decimosexta “Criterios de valoración”.

 

La entidad solicitante deberá presentar una previsión del gasto corriente relacionado con el proyecto y que vaya a ser realizado entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, incluyendo el ya realizado a la fecha de presentación de la solicitud.

 

La cuantía de la subvención, con los límites mencionados anteriormente, vendrá determinada por la aplicación de lo establecido en la Cláusula Decimosexta “Criterios de valoración” así como por los importes indicados por la entidad en los anexos de la solicitud (referidos a gastos corrientes a realizar a lo largo del 2020 e importe total del proyecto para el mismo periodo), y por los coeficientes de cálculo que se obtengan en función del número final de entidades beneficiarias y de las puntuaciones obtenidas por estas..

 

Quinto. Plazo de solicitud y lugar de presentación.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente a su publicación en el BOPZ,  finalizando el 3 de agosto de 2020.

Las solicitudes dirigidas a la Presidencia de Zaragoza Dinámica, deberán presentarse en el Registro de dicho organismo, sito en calle Albareda, nº 4 (planta 2ª), Zaragoza 50.004 en horario de 9:00 a 14.00 o por cualquiera de los medios previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

  • Servicio y gestión de procesos de selección de Zaragoza DinámicaPlataforma Empleo

 

Zaragoza, a 2 de Julio de 2020. — La Gerente de Zaragoza Dinámica, Rosa Plantagenet-Whyte Pérez

BOPZ n 159 13 julio 2020

CONVOCATORIA AYUDAS INCLUSIÓN E INSERCIÓN SOCIOLABORAL

Resolución Error material en Bases

01 ANEXO I SOLICITUD CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA INCLUSION E INSERCION SOCIOLABORAL 2020

02 ANEXO II MEMORIA EXPLICATIVA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA INCLUSION E INSERCION SOCIOLABORAL 2020

03 ANEXO III FICHA de terceros

04 ANEXO IV-MEMORIA EVALUATIVA CONVOCATORIA SUBVENCIONES INCLUSION E INSERCION SOCIOLABORAL 2020

05 ANEXO V RELACION DE JUSTIFICANTES SUBVENCIONES lNCLUSIÓN E INSERCIÓN SOCIOLABORAL 2020

06 ANEXO VI CLAUSULAS GENERO Y ORIENTACIONES subv lNCLUSIÓN E INSERCIÓN SOCIOLABORAL 2020

07 ANEXO VII colectivos con especiales dificultades de insercion sociolaboral para CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA INCLUSION E INSERCION SOCIOLABORAL 2020

08 Resolución Provisional y Anexo

09 Resolución Definitiva y Anexo

10 BOPZ nº 263 14 noviembre 2020. Publicación: Resolución definitiva subvenciones para la inclusión e inserción sociolaboral 2020