Convocatoria de Subvenciones para la Inclusión e Inserción Sociolaboral en el año 2021

Con fecha 19 de abril de 2021 se publica en el BOPZ N.º 87 la Convocatoria de Subvenciones para la Inclusión e Inserción Sociolaboral en el año 2021. (Extracto BOPZ N.º 87)

Para solicitar información sobre la presente convocatoria, dadas las especiales circunstancias relativas al covid-19, se hará a través de cita previa llamando a los teléfonos 976 72 40 69 y 976 72 10 29 en horario de 9:00 a 14:00 horas.

Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a favor de entidades de carácter social que desarrollen proyectos de inclusión e inserción sociolaboral en el municipio de Zaragoza, de acuerdo con las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza 2020 – 2023 aprobado con fecha de 21 de febrero de 2020.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades de carácter social que, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos expuestos a continuación, que deberán mantenerse, al menos, durante la ejecución del proyecto subvencionado:

  1. Tener personalidad jurídica.
  2. Acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.
  3. Llevar, a fecha de solicitud de subvención, al menos 3 años en la ejecución de programas de inclusión e inserción sociolaboral.
  4. Estar inscrita en el Registro público correspondiente.
  5. Localizar el proyecto objeto de subvención y tener su sede social o un centro de actividad, en la ciudad de Zaragoza.
  6. Contar con medios materiales y personales suficientes para ejecutar el proyecto cuya subvención se solicita.
  7. Encontrarse al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Zaragoza, la AEAT, la TGSS y la Hacienda de la Comunidad Autónoma.
  8. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  9. No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus organismos públicos o sus entidades dependientes.
  10. No estar incursas en el resto de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), para obtener la condición de entidad beneficiaria de subvenciones.

Proyectos Subvencionables

Los proyectos que se presenten deberán consistir en prestaciones de servicios que supongan una intervención directa a favor de personas empadronadas en Zaragoza en situación de especial dificultad de inserción, incluidas en alguno de los colectivos con especiales dificultades de inserción sociolaboral, y que favorezcan su inclusión social y laboral.

Los proyectos que se presenten deberán fundamentar claramente y con precisión las necesidades a las que se pretenda dar respuesta, acreditando así mismo la adecuación de las actividades propuestas al objetivo de inclusión e inserción social y laboral.

Solamente podrá ser objeto de subvención un único proyecto presentado por la entidad solicitante o por cualquiera otra de las entidades vinculadas al mismo grupo, entendiéndose existente esta vinculación cuando se cumplan los requisitos establecidos por la normativa fiscal y contable que sea de aplicación.

Cuantía

Se subvencionará cada proyecto por la cuantía mínima de 6.000 € y la máxima de 65.000 €. La cantidad a conceder a cada entidad beneficiaria podrá ser, como máximo, del 100% del presupuesto del proyecto presentado. Se subvencionará como máximo el importe solicitado, aunque no alcance el 100% del coste del proyecto presentado.

Solicitud

Las solicitudes de subvención para la realización de proyectos de inclusión e inserción sociolaboral podrán presentarse en el plazo máximo de los 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOPZ de la presente convocatoria, finalizando el 10 de mayo de 2021.

La solicitud se realizará cumplimentando el siguiente formulario y deberá ir dirigida a la Presidencia de Zaragoza Dinámica, deberán presentarse en el Registro de dicho organismo, sito en calle Albareda, nº 4 (planta 2ª), Zaragoza 50.004 en horario de 9:00 a 14.00 o por cualquiera de los medios previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si la solicitud se presenta en un registro distinto al de Zaragoza Dinámica, se remitirá, ese mismo día, copia de la misma sellada por el registro al siguiente correo electrónico: gerencia@zaragozadinamica.es

-Bases Convocatoria de Subvenciones para la Inclusión e Inserción Sociolaboral en el año 2021

-Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayto. de Zaragoza y su Sector Público

-Resolución Provisional y Anexos

-Resolución Definitiva y Anexos 

BOPZ nº 204 06 septiembre 2021. Publicación Resolución Definitiva Subvenciones para la Inclusión e Inserción Sociolaboral 2021.

Justificación

La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos de la subvención revestirá la forma de Cuenta justificativa del gasto realizado, siguiendo las prescripciones establecidas en el artículo 45, 46 y 47 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones.

La rendición de la cuenta justificativa es una obligación de la entidad beneficiaria de la subvención que, con posterioridad a su concesión y hasta el 15 de febrero del año 2022, deberá presentar en la Sección de Promoción Empresarial de Zaragoza Dinámica con arreglo a lo establecido en la Convocatoria, especialmente lo recogido en la cláusula  vigesimoprimera “Justificación”.

Se hará uso  preferentemente de los anexos de justificación que se incluyen a continuación, junto al resto de  documentación necesaria para acreditar la realización del proyecto subvencionado, la creación de empleo comprometida, y la justificación económica de las actuaciones llevadas a cabo.

Anexos para presentación de la Justificación de la subvención: