Subvenciones 2016 para la creación y consolidación de proyectos de emprendimiento social


DESCRIPCIÓN

Pueden ser objeto de subvención aquellos programas o actividades que complementen o suplan las competencias de Zaragoza Dinámica en  emprendimiento social, entendiendo como tal, todo aquel proyecto capaz de producir un cambio social significativo.

Los objetivos que se pretenden conseguir son:

a) Apoyar las iniciativas empresariales que busquen generar beneficios económicos con un objetivo social y/o medioambiental. A este tipo de emprendedores se les denomina “emprendedores sociales”. El emprendimiento social se diferencia del emprendimiento comercial en que su objetivo social o medioambiental siempre se encuentra en el centro de sus operaciones.

b) Apoyar las iniciativas empresariales cuyo objetivo sea la inserción social de personas con riesgo de exclusión social, bien sea mediante la contratación directa o siendo el público objetivo de la iniciativa empresarial.

c) Aumentar las probabilidades de éxito de las iniciativas puestas en marcha por los emprendedores que tienen el ámbito social y/o medioambiental entre sus objetivos.

d) Ayudar a la creación y al mantenimiento de puestos de trabajo.

e) Aumentar el impacto entre la ciudadanía de las empresas consideradas “sociales”

f) Dar difusión a los proyectos de emprendimiento social.

 

Más Información

  • En las Bases que aparecen en el apartado de Normativa

 

Dirigido a

Personas Físicas, Personas Jurídicas

 

Requisitos

Podrá ser beneficiario de la presente convocatoria cualquier persona física o jurídica que desarrolle un negocio o proyecto empresarial social que, reuniendo los requisitos generales establecidos en la Ordenanza Municipal de Subvenciones, cumplan los siguientes requisitos específicos:

a) Que el beneficiario se incluya en alguno de los siguientes supuestos:

a.1) que constituya una empresa de nueva creación antes del 30 de noviembre de 2016 y que desarrolle sus trabajos en el ámbito social  (no creada antes de la publicación de esta convocatoria en el BOPZ y que adopte cualquier forma jurídica reconocida como tal).

a.2) que sea una empresa joven (menos de dos años desde su creación) que desarrolla sus trabajos en el ámbito social.

a.3) que sea una entidad social que desarrolla su primera o una nueva línea de negocio. Se entiende por entidad social las asociaciones, fundaciones, sociedades cooperativas, empresas de inserción, y sociedades laborales participadas.

b) Que el proyecto tenga la consideración de social. Para ello deberá tener como fin la obtención de un objetivo social o medioambiental claro y conciso. Como ejemplos se pueden señalar la inserción laboral de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, la producción ecológica, el comercio justo, la movilidad sostenible, etc.

c) Que el proyecto empresarial sea viable técnica y económicamente. Se excluyen proyectos de formación, consultoría o similares.

d) Que desarrollen su actividad en el término municipal de Zaragoza y tengan su domicilio fiscal y social en la ciudad de Zaragoza. Si se trata de persona física se requerirá además estar empadronado en el término municipal de Zaragoza.

e) Que suponga la creación de al menos un puesto de trabajo, sea por cuenta propia o ajena. No se tendrán en cuenta las contrataciones cuya jornada laboral sea inferior al 50% de la jornada legalmente establecida. El aumento de los puestos de trabajo debe ser neto, comparándose con la situación de la plantilla del beneficiario a fecha de 31 de diciembre de 2015.

f) Que el beneficiario se encuentre al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Zaragoza, con la Seguridad Social y con la AEAT.

 

Normativas

 

Plazo Presentación

  • Las solicitudes de subvención para la creación y consolidación de proyectos de emprendimiento social 2016 podrán presentarse a partir del siguiente día al de la publicación en el BOPZ de las presentes bases.
  • Publicado en el BOPZ nº 140, de 21.06.2016. Fin del plazo para presentar solicitudes, el 9 de septiembre de 2016 a las 14 horas.

 

Plazo Resolución

  • La Resolución se adoptará, previos los trámites establecidos en el Capítulo II del Título III de la Ordenanza Municipal de subvenciones, en el plazo máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud en el Registro de Zaragoza Dinámica. Transcurrido dicho plazo sin que se haya aprobado Resolución al respecto, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud de acuerdo con lo previsto en el art. 14 de la Ordenanza General Municipal de subvenciones.

 

Lugar de Presentación

  • La solicitud se realizará cumplimentando el formulario disponible (anexo I), y deberá ir dirigida a la Presidencia de Zaragoza Dinámica. Una vez impresa y adjuntando a la misma la documentación citada en la base séptima, se presentará en el Registro de Zaragoza Dinámica (situado en C/ Albareda, nº 4, 2ª planta), o por cualquiera de las formas autorizadas por el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
  • Si la solicitud se presenta en un registro distinto al de Zaragoza Dinámica, se remitirá ese mismo día copia de la misma sellada por el registro al número de fax 976 72.10.63 de Zaragoza Dinámica o escaneado al siguiente correo electrónico jblanco@zaragozadinamica.es.
  • Para solicitar información sobre el procedimiento de acceso a las subvenciones de la presente convocatoria, los interesados podrán dirigirse a Zaragoza Dinámica, teléfono 976.72.10.59.

 

DOCUMENTACIÓN:

Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

  • Solicitud según modelo normalizado (ver anexo l). La firma del Anexo I es la declaración responsable del promotor de cumplir los requisitos generales establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones para tener la condición de beneficiario y en concreto de no estar incursos en ninguno de los supuestos señalados en los artículos 6.2 y 6.3 de la citada Ordenanza.
  • Memoria explicativa del proyecto que contenga al menos los apartados referidos en el anexo II. Deberá incluir la previsión de ingresos y gastos del beneficiario, referidos al proyecto subvencionable, para el año 2016 con un desglose claro y conciso de los gastos suceptibles de ser subvencionados (ver cláusula decimotercera).
  • Fotocopia del DNI del promotor o promotores del proyecto.
  • Domicilio social.
  • Listado del personal de la empresa a fecha 31 de diciembre de 2015, así como Modelo TC2 (número de trabajadores de la empresa) para acreditar la creación de nuevos puestos de trabajo.
  • Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en su caso)
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
  • Certificado bancario para pagos (Ficha de Terceros).(ver anexo III)
  • Certificado expedido por la Tesorería General (TGSS) de encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificado expedido por la Agencia Tributaria (AEAT) de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales.
  • En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, o cuando se formalice un contrato de sociedad civil, deberá aportarse fotocopia compulsada de la escritura de constitución o el contrato, respectivamente, y la tarjeta de identificación fiscal.

 

Impresos relacionados:

pdfBases_subvenciones_proyectos_emprendimiento_social_2016_Zaragoza_Dinamica.pdf

pdfPublicación__BOPZ_Convocatoria_2016.pdf

pdfANEXO_I.pdf

pdfANEXO_II.pdf

pdfficha_terceros_ZD.pdf

pdfAnexo_IV_MEMORIA_EVALUATIVA_justificación_subvenciones_Emp.pdf

xlsAnexo_V_Justificación_Emprendimiento_Social.xls